lunes, 1 de enero de 2007

LEYES Y DISPOSICIONES - I

INSTRUMENTOS LEGALES PARA EL CONTROL Y GESTION DE SUSTANCIAS QUIMICAS DE USO AGRICOLA ORDEN FEDERAL:

I) PRODUCTOS QUÍMICOS DE USO AGRÍCOLA
I.A) NORMAS QUE REGULAN LA PRODUCCIÓN, REGISTRO y USO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS / PLAGUICIDAS.

RÉGIMEN GENERAL - Legislación vigente básica

DECRETO-LEY N° 3489/58: Establece el contralor de la Secretaría de Agricultura para la venta de productos químicos o biológicos destinados al tratamiento de los enemigos animales y vegetales de las plantas cultivadas. Fija la obligación de registro de los productos, bajo las condiciones que estipule la reglamentación. Sanciones en caso de incumplimiento. Obligaciones de usuarios y particulares. Art. 2do: s/ Ley 17.394.-

DECRETO REGLAMENTARIO N° 5769/59: Reglamenta la Ley anterior. Indica los productos comprendidos. Fija los requisitos para la inscripción o registro, previo e indispensable para la venta en el territorio nacional. Crea el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal. Su texto ordenado incluye las siguientes modificaciones:
art. 2o: Dec. 8965 inc. a); disposición SNSV 255 inc. d); dec. 1419 2o.ap.
art. 3o: Dec. 7190 inc. d).
art. 5o: Disp. SNSV 255 (final).
art. 13o:Disp.SNSV 7.

RESOLUCIÓN No. 571/79: Plaguicidas de uso en sanidad vegetal y animal: normas que deben cumplir los titulares de certificados de venta (depósito de muestras en Policía Federal). No está derogada, pero sí en desuso.

DISPOSICIÓN SNSV No. 11/85: Reglamenta las características de envases de plaguicidas. Fue reemplazada por la Res. 145/96, la cual no ha entrado en completa vigencia.

RESOLUCIÓN SAGyP No. 34/93: Actualización de requisitos de inscripción de productos de terapéutica vegetal. Impurezas: definición; obligatoriedad de declaración.

RESOLUCIÓN SAGyP No. 583/93: Crea el Registro de Principios Activos. Procedimientos. Aranceles de Registro. ABROGADA POR ART. 3 DE LA RESOLUCION 29/2006 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS B.O. 24/1/2006.

RESOLUCIÓN ADUANA No. 2013/93: Establece la obligación de solicitud de autorización de importación al IASCAV (hoy SENASA) de todos los productos que se indican según sus posiciones arancelarias (prácticamente todos los fitosanitarios y fertilizantes). Esto implica que el SENASA debe autorizar las importaciones (lo que sólo hace si los productos a ingresar al territorio nacional se encuentran inscriptos en el "Registro Nacional de Terapéutica Vegetal"). Complementa Disposición DPAFy V –SENASA 2220/2006.

RESOLUCIÓN SAGyP No. 140/95: Listado actualizado de REQUISITOS DE REGISTRO de PRODUC-TOS QUÍMICOS Y BIOLÓGICOS UTILIZADOS EN LA PRODUC-CIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AGRÍCOLA y el control de plagas a nivel nacional. "Internaliza" los requisitos armonizados en el marco del MERCOSUR (Resolución GMC 73/94). Faculta al IASCAV a establecer procedimientos, criterios, alcances y modalidad de presentación. Determina la necesidad de adaptar los registros otorgados mediante normas anteriores. Actualmente, los procedimientos, criterios y alcances se rigen por la Resolución SAGPyA No. 350/99, que derogó las Resoluciones IASCAV 17/95 y 60/96. El IASCAV fue absorbido por el actual SENASA.

RESOLUCIÓN IASCAV 181/96: Pone en marcha las Comisiones de Estudio de Productos de Terapéutica Vegetal y de Fertilizantes y Enmiendas, creadas mediante Res. 36/92. Función: analizar la información producida por los técnicos a cargo de evaluar productos de terapéutica vegetal; fertilizantes y enmiendas. Pueden convocar a técnicos de otras áreas del IASCAV o de la SAGPyA; así como dirigirse a otros organismos de la administración publica nacional, provincial y municipal, universidades, institutos especializados, públicos o privados, y/o invitar a participar en sus deliberaciones.

RESOLUCIÓN IASCAV No. 145/96: Nuevas normas de ETIQUETADO de Productos Fitosanitarios. Derogada por Resolución SENASA 816/2006.

RESOLUCIÓN IASCAV No. 138/96: Procedimiento y Acta de Toma de Muestras de Agroquímicos, Fertilizantes y Enmiendas. ABROGADA POR EL ARTICULO 11 DE LA RESOLUCION 359/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 10/06/2011, PAGINA 19.

RESOLUCIÓN IASCAV No. 359/96: Creación del Registro de Profesionales Independientes especializados en Toxicología y Ecotoxicología” , en apoyo al sistema de evaluación de sustancias activas, sustancias acompañantes y productos formulados de uso agrícola, perihogareño y preservadores de madera.

DECRETO PEN 1585/96 (16/12/96): Creación, competencias, misiones y funciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Se fusionan dos organismos preexistentes: el ex- Servicio de Sanidad Animal y el ex- Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal, según lo dispuesto en el Decreto 660/96, y en el marco de la Según-da Reforma del Estado. El actual SENASA es un ENTE DESCENTRALIZADO, dependiente de la ex-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (actual Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca). Su competencia se fija en el control del tráfico federal, importaciones y exportaciones de productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos agroalimentarios, fármaco-veterinarios y agroquímicos, fertilizantes y enmiendas.

LEY 24.766: CONFIDENCIALIDAD: Impone al SENASA la obligación de crear un sistema de clasificación, archivo y reserva de documentación que asegure la protección de la propiedad intelectual de la información científica y técnica que le fuera suministrada para la inscripción de productos fitosanitarios y zoosanitarios (información secreta, valiosa por ser secreta, y que haya sido objeto de medidas razonables de protección para mantenerla secreta.

RESOLUCIÓN SAGPyA No. 603/97: “Internaliza” las Resoluciones GMC 48/96, 87/97, 149/96 y 156/96. Mediante las mismas, se fijan los requisitos y procedimientos de inscripción para la libre circulación de sustancias activas grado técnico y sus formulaciones de Productos Fitosanitarios. Impone positivamente el concepto de "productos sustancialmente similares". Listado de productos en régimen de libre circulación.

RESOLUCIÓN SAGPyA 440/98: El anexo I, contenía el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, CRITERIOS Y ALCANCES PARA EL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN LA REP. ARGENTINA, luego reemplazado por el anexo I de la Resolución SAGPyA 350/99. El anexo II, VIGENTE, establece los procedimientos especiales a seguir en los casos del art. 8° de la Ley 24.766 (Relación Registros/ patentes de invención).

RESOLUCIÓN SAGPyA N° 227/99: Establece un régimen de percepción de aranceles como contraprestación por las actividades que ejecuta el "Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria". Establecimientos productores / formuladores.

RESOLUCIÓN SAGPyA 350/99: Reemplaza el anexo I de Resolución SENASA Nº 440/98. Establece cómo deben cumplir los aspirantes a registro de sustancias y productos los recaudos planteados por Resolución SAGPyA 140/95, y los procedimientos de evaluación que llevan a la concesión o rechazo del registro. Establece categorías de trámites: sustancias activas grado técnico (sin antecedentes en el país: primer registro y con antecedentes de registro); productos formulados (sin y con antecedentes de registro); Biológicos; Trato diferenciado) Fija los parámetros para la determinación de la "sustancial similaridad". Impone la obligación de habilitar establecimientos de fabricación. Regula el manejo de la in-formación confidencial. Determina las pautas a aplicar para el análisis de riesgo de productos fitosanitarios registrados.
Fija los plazos y modo para la reválida de registros obtenidos mediante normativas anteriores. Complementada / Modificada por Resoluciones SENASA 230/00; 1136/00; 45/01; 6/02; 489/02; 539/02; 371/03; 500/03.

RESOLUCIÓN SENASA 230/00: Condiciones a cumplir por los laboratorios idóneos para realizar análisis para la determinación de propiedades físicas y químicas y emitir informes al respecto con fines de registro de productos fitosanitarios.

RESOLUCIÓN SENASA 1136/2000: Establece plazo especial para cumplir con recaudos Capitulo 17 de Anexo I, Res. 350/99. (Registro de Establecimientos).

RESOLUCIÓN SENASA 1765/2000: Requisitos y Procedimientos para la evaluación y autorización de ensayo experimental de sustancias activas y sus formulaciones destinadas al control de las plagas agrícolas y silvícolas.

RESOLUCIÓN SENASA 45/2001: Requisitos que deberán cumplir los establecimientos donde se elaboren productos fitosanitarios en el ámbito nacional con destino a la exportación. Créase el REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSA-NITARIOS DESTINADOS ÚNICAMENTE A LA EXPORTACIÓN en el ámbito de la COORABIO / DPAFyV.

RESOLUCIÓN SENASA 6/2002: Recaudos y procedimientos que deberán cumplir las personas físicas o jurídicas que requieran autorización de importación de cantidades limitadas de un producto fitosanitario —principios activos o productos formulados.

RESOLUCIÓN SENASA 489/2002: Estándares de Calidad. Establece una norma que determina las condiciones en que los productos formulados fitosanitarios mantengan la aptitud para su uso.

RESOLUCIÓN SENASA 539/2002: Instructivo para completar el formulario de inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos Productores y/o Formuladores de Productos Fitosanitarios.

RESOLUCIÓN SAGPyA N° 455/2003: Excepciones temporales a las normas de inscripción de Productos Fitosanitarios para el arroz, 2003.

RESOLUCIÓN SENASA N° 371/2003: Se Modifica el Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios en la República Argentina.-Suprímase, del Punto 2.1., Capítulo 3, Anexo I del "Manual...” el ....Ejemplo. -Sustitúyase el texto "Sinónimo: Impureza Relevante" obrante en el Capítulo 21, Anexo I por el siguiente texto: "Impurezas relevantes: Son aquellos subproductos de fabricación o los que surgen durante el almacenamiento de UN (1) producto fitosanitario, los que, comparados con el ingrediente activo son toxicológicamente significativos para la salud o el medio ambiente, son fitotóxicos para las plantas tratadas, causan contaminación en cultivos para consumo, afectan la estabilidad del plaguicida, o causan cualquier otro efecto adverso."


RESOLUCIÓN SENASA 500/2003: Créase el Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos. Objetivos y organización.

Resolución SAGPyA 1230/2004: Apruébase el sistema de trazabilidad de productos fitosanitarios como componente del sistema federal de fiscalización de agroquímicos y biológicos creado por la resolución N°500/2003 SENASA. Objetivo. Estrategia. Acciones. Agentes elaboradores o comercializadores con responsabilidades que integran el sistema. Requisitos y procedimientos a cumplir por los agentes responsables. registro de elaboración.


Disposición DAPFyV – SENASA 119/2007: Sustituye el Anexo de la Resolución N° 500/2003, del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA: Control, fiscalización y auditoría de los productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas en el ámbito nacional y armonización de los procedimientos para la verificación, fiscalización y habilitación de los equipos de aplicación y para la acreditación de los operarios aplicadores. .

RESOLUCIÓN SENASA 783/2005: Técnico Concentrado. Procedimiento de Inscripción.

Disposición DAPFy V 2220/2006: Establece requisitos que deberán cumplimentar los titulares de Principios Activos Grado Técnico que importen un principio activo de su propiedad para formular un producto formulado también de su propiedad. Relaciona con Resolución ANA 2013/1993.-

RESOLUCIÓN SENASA 816/2006: Aprueba las Normas para el Etiquetado de los Productos Fitosanitarios Formulados de Uso Agrícola. Deroga Resolución 145/1996.


2011


Resolución SENASA 324/2011: Se aprueban los requisitos y procedimientos que deben cumplir las personas físicas o jurídicas que distribuyan o entreguen a terceros a cualquier título, un (1) producto fitosanitario —principio activo o producto formulado— no registrado, sintetizado o formulado en la República Argentina, cuya sustancia activa encuadra dentro de la categoria de “sustancia activa química o bioquímica equivalente”, de acuerdo a las prescripciones de la Resolución Nº 350 de fecha 30 de agosto de 1999 de la ex Secretaría de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentación.

Resolución SENASA 359/2011:  Actualízase los requisitos para la certificación de la calidad de los productos inscriptos en los registros nacionales de terapéutica vegetal y de fertilizantes, enmiendas, sustratos, acondicionadores, protectores y materias primas, mediante la extracción de muestras y análisis de laboratorio de las partidas que se importen o exporten. Se abroga la Resolución Nº 138 del 25 de marzo de 1996 del ex Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal.