jueves, 1 de diciembre de 2011

Resolución 1458/2011

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

PRODUCTOS VETERINARIOS

Modifícase la Resolución Nº 148/06 relacionada con el uso de productos veterinarios indicados como promotores de
crecimiento. Ractopamina, exclusivamente para su uso en cerdos.

Bs. As., 1/12/2011


martes, 7 de junio de 2011

Resolución 359/2011 SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

REQUISITOS PARA CERTIFICACION DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS

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Publicada en el Boletín Oficial del 10-jun-2011
Número: 32168
Página: 19
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Resumen:
ACTUALIZANSE LOS REQUISITOS PARA LA CERTIFICACION DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS INSCRIPTOS EN LOS REGISTROS NACIONALES DE TERAPEUTICA VEGETAL Y DE FERTILIZANTES, ENMIENDAS, SUSTRATOS, ACONDICIONADORES, PROTECTORES Y MATERIAS PRIMAS, MEDIANTE LA EXTRACCION DE MUESTRAS Y ANALISIS DE LABORATORIO DE LAS PARTIDAS QUE SE IMPORTEN O EXPORTEN. SE ABROGA LA RESOLUCION Nº 138 DEL 25 DE MARZO DE 1996 DEL EX INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.
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Texto completo de la norma
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 Esta norma modifica o complementa a 4 norma(s):

Ley 20466 PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.), Resolución 138/1996 INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, Resolución 350/1999 SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM, Resolución 264/2011 SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA



miércoles, 1 de junio de 2011

Resolución 324/2011 SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS
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Publicada en el Boletín Oficial del 06-jun-2011
Número: 32164
Página: 27
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Resumen:
SE APRUEBAN LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE DISTRIBUYAN O ENTREGUEN A TERCEROS A CUALQUIER TITULO, UN (1) PRODUCTO FITOSANITARIO —PRINCIPIO ACTIVO O PRODUCTO FORMULADO— NO REGISTRADO, SINTETIZADO O FORMULADO EN LA REPUBLICA ARGENTINA, CUYA SUSTANCIA ACTIVA ENCUADRA DENTRO DE LA CATEGORIA DE “SUSTANCIA ACTIVA QUIMICA O BIOQUIMICA EQUIVALENTE”, DE ACUERDO A LAS PRESCRIPCIONES DE LA RESOLUCION Nº 350 DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 1999 DE LA EX SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.
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Texto completo de la norma

viernes, 16 de enero de 2009

Créase Comisión Nacional de Investigación sobre Agroquímicos

MINISTERIO DE SALUD

Decreto 21/2009

Créase una Comisión Nacional de Investigación.


Bs. As., 16/1/2009

VISTO, el expediente Nº 2002-181/09-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que atento los casos denunciados de intoxicación con agroquímicos por fumigación de campos linderos al Barrio Cordobés de Ituzaingó de la PROVINCIA DE CORDOBA que salieran a la luz luego de haberse detectado determinadas enfermedades oncológicas y diversas patologías en vecinos de la población urbana.

Que se impone el uso responsable de productos químicos y sustancias agroquímicas, de manera que sustenten las mejores condiciones posibles para promover la salud pública y la integridad del ambiente

Que resulta imperioso examinar y promover opciones más seguras para el ambiente y todos los seres vivos, en el uso de químicos, como en su caso en el reemplazo de ellos, cuando su uso tiene consecuencias perjudiciales para la salud de las personas.

Que en la materia referenciada, tienen competencias concurrentes la Nación y las Provincias.

Que de una primera lectura surge que cualquier acción que emprenda el Estado Nacional en esta temática podría —a priori— implicar gestionar, al menos parcialmente, en ámbitos jurisdiccionales ajenos a su competencia directa.

Que analizando en forma más profunda los derechos en juego, surge que ello no es así a raíz de las razones que serán expuestas en los Considerandos siguientes y que llevan a la indubitable competencia del Estado Nacional en la materia.

Que en esa inteligencia cuadra destacar que a partir de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que tienen jerarquía equivalente a la Constitución Nacional, ya que fueron introducidos en nuestro ordenamiento jurídico por su art. 75 inciso 22, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ha confirmado a través de numerosos fallos en la materia, el derecho a la preservación de la salud —como parte integrante del derecho a la vida— que asiste a todos los habitantes de la Nación con carácter de derecho fundamental.

Que, en tal sentido, se ha reafirmado la obligación impostergable que tiene el Estado Nacional de garantizar ese derecho con Acciones Positivas (art. 75 inciso 23), sin perjuicio de las obligaciones que deben asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales, las obras sociales y las entidades de la llamada medicina prepaga.